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43º33’17.80”N 6º05’3.79”W

Normativa de pesca

2007 / 12 / 18

Resolución de 5 de septiembre de 2016, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se
establecen medidas en relación con la extracción de la anémona de mar u ortiguilla (Anemonia viridis) y el oricio
(Parecentrotus lividus).

Orden AAA/1327/2014, de 22 de julio, por la que se prohíbe la pesca, tenencia
a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo
para la modalidad de
pesca deportiva y recreativa.

Resolución de 5 de febrero de 2014, de la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos, por la que se regulan determinados aspectos de la celebración de concursos o campeonatos de pesca marítima de recreo.

Resolución de 22 de noviembre de 2013, de la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos, por la que se regula la pesca del pulpo común (Octopus vulgaris) durante la campaña 2013/2014.

Resolución 28 Junio 2013. Prohibición Pesca Recreativa Atún Rojo

Orden ARM/1753/2011, de 22 de junio, por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico oriental y Mediterráneo.

Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores. derogada la Orden de 26 de febrero de 1999, por la que se establecen las normas que regulan la pesca marítima de recreo

Resolución de 11 de Julio de 2013, de la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura, por la que se abre la pesquería de atún rojo (Thunnus thynnus) para la modalidad de pesca deportiva y de recreo.

Decreto 25/2006, de 15 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en el Principado de Asturias.

LEY 6/2002, de 18 de junio, sobre protección de los ecosistemas acuáticos y de regulación de la pesca en aguas continentales.

LEY 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.

ORDEN de 24 de julio de 2000 por la que se modifica la de 26 de febrero de 1999 por la que se establecen las normas que regulan la pesca marítima de recreo.

Orden de 26 de febrero de 1999, por la que se establecen las normas que regulan la pesca marítima de recreo. DEROGADA ver nota(*2).

Decreto 79/1998, de 17 de diciembre, por el que se reguala la extracción de gusanos marinos para cebo en el Principado de Asturias.
Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores. (*1)

(*1)En tanto no se aprueben las normas de desarrollo a que se refiere el artículo 5 del presente real decreto, sobre los límites máximos de captura para cada zona de pesca y otras consideraciones técnicas, continuarán en vigor las disposiciones relativas a los topes máximos de capturas y tallas mínimas contenidas en la Orden de 26 de febrero de 1999, por la que se establecen las normas que regulan la pesca marítima de recreo.

(*2) continuarán en vigor las disposiciones relativas a los topes máximos de capturas y tallas mínimas, hasta que se desarrolle el artículo 5 del Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo

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