Aclaraciones sobre las obligaciones de los adjudicatarios de plazas de pantalán.
2008 / 03 / 04
Aclaraciones sobre las obligaciones de los adjudicatarios de plazas de pantalán
El abandono o falta de utilización del amarre por plazo superior a 1 MES debe ser comunicado necesariamente por escrito al Servicio de Puertos, indicando la fecha de abandono,causa de la no ocupación y fecha previsible de ocupación,debiendo el adjudicatario ajustarse a las fechas por él indicadas.
Cambio de embarcación por parte del adjudicatario:
-El cambio de embarcación en la plaza de pantalán es posible siempre y cuando las medidas de la nueva embarcación se adapten a la plaza adjudicada. En caso de que la nueva embarcación no pueda ser amarrada por causa de las medidas, elServicio de Puertos no tiene obligación de facilitar un nuevo amarre debiendo, en este caso, el adjudicatario renunciar a la plaza.
-Debe de comunicarse necesariamente por escrito al Servicio de Puertos, indicando, de forma concreta, las medidas v la matrícula de la embarcación que se pretende amarrar.
-Esta comunicación debe de ser Previa a que la nueva embarcación sea amarrada en la plaza que se tiene adjudicada.
- El Servicio de Puertos una vez recibida la información y hechas las comprobaciones oportunas, se pondrá en contacto con el adjudicatario para autorizar o denegar el cambio de embarcación en el amarre.
-En caso de que el cambio sea autorizado, el adjudicatario deberá aportar necesariamente la documentación de la nueva embarcación debidamente tramitada,es decir,Hoja de Asiento compulsada y a nombre del titular del amarre (no se permiten cambios en la titularidad).
La Renovación de la adjudicación, será solicitadapor el adjudicatario a los 3 años contados desde la Resolución de Otorgamiento de Autorización. Se hará por escrito y deberán de acompañar copiacompulsada de la Hoja de Asiento Actualizada, quedando así acreditado que no hay cambio ni en la titularidad ni en las propiedades de la embarcación.
El incumplimiento de cualquiera de estas indicaciones dará lugar inexorablemente a la apertura de un expediente de Revocación de la plaza que llevará aparejado la pérdida de la adjudicación.
Información facilitada por: Dirección General de Transportes y Asuntos Marítimos del Gobierno del Principado de Asturias.
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