Webmail   |   Acceso socios
43º33’17.80”N 6º05’3.79”W

Reglamento edificio sede del Club

2025 / 05 / 22

Reglamento de uso del edificio sede del Club, (Acta de Junta Directiva de 3/05/2025)

El presente reglamento deja sin efecto el documento de seguridad del almacén aprobado por la Directiva el 10 de mayo de 2013

1-MEDIDAS DE SEGURIDAD:

A) Instalación de sistema de video vigilancia con grabación de imágenes:
Se instalarán cámaras de vigilancia con sistema de grabación que proteja los accesos a la sede del Club y su interior.

En el Almacén que da acceso a los baños y parte del vestuario, solo se podrá instalar una cámara de grabación que enfoque la puerta del acceso y se garantice que no se capten imágenes de los baños, duchas y vestuario. En cuyo caso se colocará una imagen de forma ilustrativa de la zona que enfoca la cámara para que todo usuario tenga conocimiento de la zona vigilada.

Las zonas deben de estar señalizadas con la señalización reglamentaria que indique que la zona está siendo video vigilada.

Igualmente se deberá cumplir con la normativa reguladora sobre la materia.

B) Se podrá instalar cerraduras electrónicas con control de acceso para el personal autorizado.

C) Se prohíbe fumar en todos los habitáculos de la sede del Club.

D) Se prohíbe la entrada de mascotas en todas las instalaciones.

E) Se prohíbe el depósito de cualquier material ajeno al Club sin la previa comunicación y aprobación por la Dirección del Club.

F) Se prohíbe la entrada al almacén de personas que no sean socios o que no acompañen a un socio y bajo su responsabilidad.

G) El personal autorizado que acceda bajo la autorización que la dirección le conceda, tiene la obligación de cerciorase de que las puertas de acceso queden cerradas correctamente al finalizar el servicio, bien con llave o con el cierre electrónico.

H) Los accesos son personales para el personal o socio autorizado, quedando prohibido facilitar los accesos de cualquier forma a personal no autorizado.

I) El Club no se hace responsable de los efectos personales o de valor que se encuentren en las instalaciones, dichos efectos no deben de permanecer en las instalaciones más tiempo del que dure la actividad.

2-PLANTA SUPERIOR

Es la planta de acceso a la oficina, sala de actividades y sala de estar en la que los socios pueden acceder libremente en los horarios de oficina o durante el transcurso de las actividades propias del Club.
Durante la estancia se evitará entrar con calzado y ropa mojada.
Se deberá de guardar un buen decoro y no entorpecer al personal de administración.

La sala estará reservada para los socios en horario de oficina y para las actividades propias del club que se programen.

3-PLANTA INFERIOR

Estará compuesta por los baños de transeúntes, baño de discapacitados, baños/vestuario/almacén de socios, acceso a lavandería y almacén de caldera.

3.1-BAÑOS DE TRASEUNTES

Está destinado principalmente para los navegantes que tenga base de su embarcación en un puerto distinto al de San Esteban y recalen en el puerto de San Esteban.

3.2-BAÑOS DE DISCAPACITADOS

Estará disponible en la celebración de actividades propias del Club para personas con discapacidad.

3.3-BAÑOS/VESTUARIO/ALMACEN SOCIOS

Estará destinado para el uso de los socios que realicen alguna de las actividades náuticas propias del Club.
Queda terminantemente prohibido hacer uso de los servicios de estos departamentos de carácter particular.
Cualquier excepción puntual debe de ser autorizada por la Dirección dejando constancia de ello.

Todo usuario autorizado guardará bajo su responsabilidad los objetos de valor personales.

Las puertas deben de permanecer cerradas o bajo supervisión del socio.
Los niños menores de 15 años deben de estar en todo momento bajo la vigilancia de sus progenitores sin que estos accedan a las duchas/vestuarios, debiendo esperarlos en los accesos.
Los cursillistas menores de 15 años seguirán las indicaciones de sus respectivos monitores/as

3.4-LAVANDERIA

Servicio portuario destinado principalmente para uso de los navegantes transeúntes, sin perjuicio de que su destino sea de carácter público.
Estará en funcionamiento en las horas y condiciones que se publiquen en dicho servicio o en la web del Club.
3.5-ALMACEN CALDERA
Su uso estará destinado para el termo de agua caliente y demás material del Club, su acceso será restringido solo para autorizados por la Directiva.
4-DISPOSICION COMUN A CIERTAS ESTANCIAS
La Directiva podrá acordar el pago de tasas por la utilización de los citados servicios para contribuir con el mantenimiento de las instalaciones.
Es obligación de todos mantener las instalaciones limpias y en perfecto estado de uso, así como de comunicar cualquier desperfecto, falta de material o del mal estado en que se encuentren.

5-IMPREVISIONES

Cualquier otra imprevisión de este Reglamento, será estudiada y resuelta por la Directiva.
6-INCUMPLIMIENTOS
El incumplimiento de estas normas llevará aparejado la aplicación del procedimiento disciplinario conforme al Reglamento Interno del Club.

Volver al listado

Imágenes

Reglamento edificio sede del Club

Pulse para ampliar

Ficheros

Pulse en el enlace a continuación para descargar el fichero correspondiente.

Fichero