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Nueva normativa sobre titulaciones náuticas

2014 / 10 / 11

La nueva normativa entrara en vigor salvo excepciones a los tres meses desde su publicación.

El objeto de este real decreto es la regulación de los títulos náuticos que habilitan para el gobierno de las embarcaciones de recreo y las motos náuticas, sus atribuciones y los requisitos y el procedimiento exigidos para su obtención, sin perjuicio de los títulos náutico-deportivos que habiliten específicamente para el gobierno de motos-náuticas.

Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones
náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.

Real Decreto 804/2014, de 19 de septiembre, por el que se establecen el régimen jurídico y las normas de seguridad y prevención de la contaminación de los buques de recreo que transporten hasta doce pasajeros

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